12/05/2016

RESOLUCIÓN SBS N° 6188-2016 Extienden vigencia de la Res. N° 6229-2015 que autorizó a Scotiabank

Extienden vigencia de la Res. Nº 6229-2015 que autorizó a Scotiabank Perú S.A.A. el cierre de Sucursal en Panamá RESOLUCIÓN SBS Nº 6188-2016 Lima, 25 de noviembre de 2016 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Scotiabank Perú S.A.A. para que se extienda el plazo máximo de vigencia de la Resolución que autoriza el cierre de su Sucursal en Panamá, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que,
Extienden vigencia de la Res. Nº 6229-2015 que autorizó a Scotiabank Perú S.A.A. el cierre de Sucursal en Panamá
RESOLUCIÓN SBS Nº 6188-2016
Lima, 25 de noviembre de 2016
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTA:

La solicitud presentada por Scotiabank Perú S.A.A.
para que se extienda el plazo máximo de vigencia de la Resolución que autoriza el cierre de su Sucursal en Panamá, según se detalla en la parte resolutiva; y,
CONSIDERANDO:

Que, en sesión de Directorio de Scotiabank Perú S.A.A. celebrada el 25 de junio de 2015, se aprobó el cierre y la liquidación voluntaria de la Sucursal en Panamá, encargando a la Administración realizar las gestiones correspondientes;

Que, mediante Resolución SBS Nº 6229-2015 del 14 de octubre de 2015, esta Superintendencia autorizó 605905 NORMAS LEGALES
Lunes 5 de diciembre de 2016
El Peruano / a Scotiabank Perú S.A.A. el cierre de la Sucursal en Panamá;

Que, conforme a la Segunda Disposición Final de la Resolución SBS Nº 4797-2015 "Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos", luego de transcurrido más de un (1) año calendario, contado a partir de la fecha de la correspondiente resolución de autorización, sin que se haya implementado, esta quedará sin efecto;

Que, mediante Resolución SBP-0188-2015 del 11 de diciembre de 2015, la Superintendencia de Bancos de Panamá autorizó el inicio del proceso de liquidación voluntaria y cese de operaciones de Scotiabank Perú S.A.A. Sucursal Panamá, amparada por una Licencia Bancaria Internacional;

Que, Scotiabank Perú S.A.A. ha documentado a esta Superintendencia las acciones que viene adoptando para el cierre y liquidación voluntaria, en línea con los requerimientos de la Superintendencia de Bancos de Panamá, los cuales involucran el cierre de las cuentas bancarias, el traslado de fondos, la cancelación o traslado de préstamos, entre otras actividades; y que aún se encuentran pendientes el cierre de las partidas contables, la liquidación de empleados, la finalización de los contratos vigentes con proveedores y la liquidación de cuentas no reclamadas las cuales podrán ser ejecutadas una vez que la Superintendencia de Bancos de Panamá autorice el cierre definitivo de Scotiabank Perú S.A.A. Sucursal Panamá;

Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Extender por noventa (90) días adicionales el plazo máximo de vigencia de la Resolución SBS Nº 6229-2015 que autoriza el cierre definitivo de la Sucursal ubicada en Plaza Banco General, Avenida Aquilino de la Guardia y Calle 50, Piso 30, Ciudad de Panamá, República de Panamá.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SOCORRO HEYSEN ZEGARRA
Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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