1/21/2017

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 003-2017-OEFA/CD Disponen publicación del proyecto de que

Disponen publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifica el "Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA", en el portal institucional RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 003-2017-OEFA/CD Lima, 20 de enero de 2017 VISTO: El Informe Nº 024-2017-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Coordinación General de Proyectos Normativos e Investigación Jurídica y la Coordinación
Disponen publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifica el "Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA", en el portal institucional
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 003-2017-OEFA/CD
Lima, 20 de enero de 2017
VISTO: El Informe Nº 024-2017-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Administración, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Coordinación General de Proyectos Normativos e Investigación Jurídica y la Coordinación General de Recaudación y Control del Aporte por Regulación; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental;

Que, a través de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado sistema, el cual tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables por parte de los administrados, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión y fiscalización ambiental -a cargo de las diversas entidades del Estado-
se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30011, Ley que modifica la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que las funciones de fiscalización en materia ambiental relacionadas con actividades de energía y minería que desarrolla el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA se financian con cargo al Aporte por Regulación;

Que, mediante Decretos Supremos números 129 y 130-2013-PCM, se establecieron los porcentajes que las empresas de los sectores energía y minería deben pagar por concepto de Aporte por Regulación que corresponden al OEFA para los años 2014, 2015 y 2016, respectivamente;
y, que el OEFA, en ejercicio de su potestad normativa, emita las disposiciones reglamentarias pertinentes para la mejor aplicación y cobranza de los referidos aportes;

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD, se aprueba el "Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -
OEFA";

Que, mediante Decretos Supremos números 096 y 097-2016-PCM, se establecieron los porcentajes que las empresas y entidades del sector energía, así como las empresas del sector minería deben pagar por concepto de Aporte por Regulación para los años 2017, 2018 y 2019;
y, que el OEFA en el ejercicio de su potestad normativa, 27 NORMAS LEGALES
Sábado 21 de enero de 2017
El Peruano / dictará las disposiciones reglamentarias pertinentes para mejorar la aplicación y cobranza de los aportes de su competencia;

Que, con el documento de visto se sustenta la necesidad de modificar los Artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10º del "Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA", aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD, a efectos de armonizar sus disposiciones a la normativa vigente;

Que, en ese contexto, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 39º del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, corresponde someter a consulta pública el referido proyecto normativo con la finalidad de recibir las observaciones, comentarios o sugerencias de los interesados;

Que, mediante Acuerdo Nº 003-2017, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 001-2017 del Consejo Directivo realizada el 19 de enero de 2017, se acordó por unanimidad disponer la publicación del proyecto de modificación del "Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA"; habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata;

Contando con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Coordinación General de Proyectos Normativos e Investigación Jurídica y de la Coordinación General de Recaudación y Control del Aporte por Regulación; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30011, Ley que modifica la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Supremo Nº 096-2016-PCM, que establece disposiciones sobre el aporte por regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, a cargo de las empresas y entidades del sector energía para el periodo 2017 - 2019;
el Decreto Supremo Nº 097-2016-PCM, que establece disposiciones sobre el aporte por regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, a cargo de las empresas del sector minería para el periodo 2017
- 2019; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; y, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Literal n) del Artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Resolución de Consejo Directivo que modifica el "Procedimiento de Recaudación y Control del Aporte por Regulación del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA", aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2014-OEFA/CD, en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe).

Artículo 2º.- Los interesados podrán remitir sus observaciones, comentarios o sugerencias al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, ubicado en la avenida Faustino Sánchez Carrión números 607, 613 y 615, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, o mediante la dirección electrónica procedimientoapr@oefa.gob.pe, en un plazo de diez (10)
días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ
Presidenta del Consejo Directivo

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